La Ley Secundaria de Telecomunicaciones se sigue discutiendo y en Internet ya hay llamados a la movilización, pues varios sectores consideran que estas reformas atentan contra la libertad de expresión en México.
Si lo recuerdan, a finales del año pasado se aprobó la Ley Federal de Telecomunicaciones y su contenido no parecía nada malo, pues por ejemplo se abrieron dos concesiones para canales de televisión abierta y se pusieron topees al crecimiento de empresas preponderantes como Televisa y Telmex, con beneficios como la desaparición del costo del roaming y la obligación de compartir señales de eventos televisivos antes considerados como exclusivos. Esto significa que habrá más competencia y por ende mayor calidad y menor costo en beneficio del consumidor.
¿Qué es entonces lo que tiene en el número uno a los hashtags #EPNvsInternet y #ContraelSilencioMX en Twitter?
Se trata de la Ley Secundaria de Telecomunicaciones, es decir, algunos apartados que se agregarán a la ley antes descrita. En ellos se contemplan, casi como las letras chiquitas de los bancos, acciones como bloquear señales de Internet e ingresar a datos particulares si las autoridades así lo consideran. En específico, se propone:
Artículo 145 inciso III: Los concesionarios pueden bloquear contenidos si así lo requieren las autoridades.
Artículo 189: Los concesionarios de telecomunicaciones y, en su caso los autorizados están obligados a proporcionar la localización geográfica en tiempo real, de cualquier tipo de dispositivo de comunicación a solicitud de los titulares de las instancias de seguridad o de los servidores públicos en quienes se delegue esta facultad.
Artículo 190: Las autoridades podrán solicitar a los concesionarios intervenir comunicaciones, lo que se traduce en revisar conversaciones de mensajería instantánea o llamadas.
Artículo 192: Las empresas de telecomunicaciones están obligados a guardar un registro de todos los datos de sus usuarios: nombre, llamadas entrantes y salientes, fecha y hora de los registros, ubicación, entre otros.
Artículo 194: Las empresas deberán proporcionar esos datos a las autoridades de ley que así lo requieran.
Artículo 197, inciso III: Si las autoridades lo requieren, se pueden bloquear, inhibir o anular las telecomunicaciones en lugares o eventos, esto si se considera que existe inseguridad para los ciudadanos o la nación.
Diversos medios de comunicación, sobre todo digitales e independientes como Sopitas, Capital 21 o Pijama Surf, han publicado artículos en los que se da cuenta de los riegos que implican estas nuevas normas. Por ejemplo, el artículo 145 en su inciso III atenta directamente contra los contenidos en Internet, mientras que el 197 implicaría que por ejemplo se baje la señal durante una manifestación, lo que impediría la comunicación ciudadana tal como la conocemos: fotos, videos y comentarios en vivo y desde el lugar de los hechos. Parece pues, una ley para proteger al gobierno de contenidos virales que ya en otras ocasiones le han provocado dolores de cabeza.
Para tratar de contrarrestar a la Ley Secundaria, se ha convocado primero a manifestarse vía redes sociales utilizando los hashtags #ContraelSilencioMX y #EPNvsInternet. Esto, el lunes 21 de abril.
El 22 de abril habrá una manifestación frente al Senado de la República y se activará el hashtagh #NoMasPoderalPoder.
El mismo 22 de abril se convoca a una marcha en la Ciudad de México, partiendo desde el Ángel de la Independencia a las 18:00 horas, mientras que el 26 de abril se realizará una cadena humana alrededor de Televisa.
Si quieres echar un ojo a la Ley Secundaria de Telecomunicaciones abre este link; sí, es larga y complicada, pero vale la pena enterarse sobre cómo el gobierno pretende dar uso de las telecomunicaciones con las que a diario convivimos.
Y si quieres saber todos los detalles del movimiento contra esta ley, acude al blog de Contra el Silencio.